Desde el 2 de octubre las entidades con personalidad jurídica (entre ellas las asociaciones) y las entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes y comunidades de propietarios) están obligadas a relacionarse con la administración pública electrónicamente.
Esto supone tener que sacar el certificado digital de la entidad y crear la dirección electrónica habilitada (DEH).
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