El tipo de retención o ingreso a cuenta que se aplica con carácter general en el Impuesto sobre Sociedades también se reduce, y será del 19% a partir de 2016.
El tipo de gravamen general será del 25% a partir de 2016. Sin embargo, las entidades de nueva creación que ejecutan actividades económicas tributarán, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente, el tipo del 15 %, excepto que deban tributar a un tipo inferior. Este tipo reducido no se puede aplicar a las entidades patrimoniales.
Elimina la escala de tributación del régimen fiscal de las empresas de reducida dimensión. Por lo tanto el tipo de gravamen será del 25% para toda la base imponible a partir de 2016.
Reduce los porcentajes de deducción por reinversión de beneficios extraordinarios con operaciones a plazo o con precio aplazado, que serán del 7% y 12% para las rentas integradas en la base imponible de los períodos impositivos iniciados a partir de 01-01-2016.